Bases y Condiciones del sorteo.
1) Los sorteos TRIMESTRALES de la Mutual son propiedad de la Asociación Mutual Club Colón de San Justo (en adelante “la Mutual”), y tienen por objetivo beneficiar y premiar el compromiso de sus asociados.
2) Quienes pueden participar?
Personas físicas asociadas a la Mutual, activos y/o adherentes. Se excluyen: directivos y personal dependiente de la Mutual.
3) Condiciones para participar en los Sorteos: Todos los asociados que participen de estos sorteos no deberán presentar, a la fecha de realización de cada sorteo, una morosidad mayor a 10 días en todas sus obligaciones contraídas con la Mutual ni en su cuota societaria.
4) Modalidad Operativa: Cada asociado, recibe 1 CUPON por cada SERVICIO CONTRATADO y CUOTA SOCIAL al día, en condiciones de participar, que la Mutual le asignará, el cuál una vez emitido por sistema se depositará en una urna constituida a tales efectos.
Así entonces, el asociado obtiene:
Por Ayuda Económica y Cuota Social al día: 1 CUPON, en este caso el asociado podrá tener un atraso de hasta 10 días máximo en el pago de la cuota correspondiente a la Ayuda Económica, y se le podrá contemplar solo un atraso de una cuota social.
Por Ahorro a Término y Cuota Social al día: 1 CUPON, participan todos los asociados que tengan Ahorro a Término y adeuden solo una cuota social.
Por Ahorro Mutual y Cuota Social al día: 1 CUPON, se tendrá en cuenta a los asociados que posean saldo y adeuden solo una cuota social.
Por Internet y Cuota Social al día: 1 CUPON, se contemplará solo hasta 1 mes adeudado de la cuota de internet y hasta 1 cuota social como máximo.
Por Tarjeta Mutual + y Cuota Social al día: 1 CUPON, se contemplará solo hasta 30 días pendiente el pago del resumen de la tarjeta y hasta 1 cuota social como máximo.
5) Mecánica de realización de cada sorteo:
– Cada sorteo se realizará por determinación al azar, ante un asociado testigo, donde personal de la Mutual extraerá los cupones ganadores de la urna habilitada para tales efectos. La Mutual publicará en medios locales el resultado del sorteo.
6) Adjudicación de los Premios:
No es exigible que el asociado ganador del premio se encuentre presente en el acto del Sorteo. El premio se adjudicará al asociado ganador, previa acreditación de identidad mediante presentación de DNI (ó Cédula) correspondiente, en la sede central la Mutual. El premio no será sustituible por dinero, ni podrá cambiarse por otro producto, estando prohibido su cesión o transferencia a otra persona distinta del asociado ganador.
7) Los ganadores deberán tener al día todos los servicios y productos para poder retirar el premio. A su vez contará con hasta 30 días corridos posteriores al sorteo para poder retirarlo.
Aquellos premios que no sean retirados por no cumplir el adjudicatario con las condiciones requeridas, se acumularán a los correspondientes al próximo sorteo.
8) Todos los ganadores autorizan a la Mutual a difundir y/o publicar sus nombres y/o divulgar sus imágenes filmadas o fotografiadas en los medios y forma que la Mutual considere conveniente, sin retribución alguna.
9) Todos los asuntos concernientes a estos Sorteos, así como también las situaciones no previstas en estas Bases y Condiciones, serán resueltos por el Consejo Directivo de la Mutual del Club Colón de San Justo, resultando estas decisiones inapelables.
10) La participación en cada Sorteo implica el conocimiento y aceptación, por parte de los asociados, de todas las condiciones aquí establecidas.
La Mutual no asume responsabilidad alguna y por lo tanto se exime de:
A) Cualquier daño o perjuicio de cualquier tipo que fuere que pudieran sufrir los participantes, potenciales ganadores o terceros, en su persona o bienes con motivo de o, con relación a su participación de estos sorteos o con relación a la utilización o uso de los premios.
B) No otorga garantía de ninguna especie respecto de los premios y cualquier reclamo deberán dirigirlos a sus fabricantes, vendedores, proveedores o importadores de los mismos.
11) La Mutual podrá modificar, suspender y/o cancelar estos sorteos, cuando circunstancias no previstas en estas bases así lo hagan necesario; aspectos sobre los cuales el Consejo Directivo, además de informarlo de la manera que lo entienda conveniente, será quien en forma inapelable resolverá sobre cualquier situación no prevista en las presentes bases.
12) Todos los gastos de patentamientos, impuestos y demás diligencias que la entrega de los premios pueda originar, estarán a cargo de los respectivos ganadores.
13) Ningún participante podrá ganar más de 1 premio en un mismo sorteo, pero sí estará habilitado para lograrlo en sorteos posteriores, siempre con vigencia de este requisito.